¿En qué condiciones, cuándo y dónde se puede hacer uso de fuego o quemar restos vegetales?

En todos los casos, se deben verificar tres (3) aspectos para determinar si está Permitido quemar restos vegetales o hacer uso del fuego con precaución, si se requiere una Autorización administrativa o si está totalmente Prohibido:
(1) Nivel diario de Alerta Fuego (en los mapas diarios más abajo)
(2) Tipo de terreno (en el cuadro)
(3) Época de peligro (en el cuadro)

Todos los días del año, se establecen mapas diarios informativos del nivel de alerta (Alerta Foc) por riesgo meteorológico de incendio forestal existente en las Islas Baleares. Estos mapas diarios determinan en parte la regulación diaria de la quema de restos vegetales o uso del fuego, complementariamente a la ya establecida en función del tipo de terrenos donde se desea realizar esto. Desde el nivel Alerta Fuego 1 hasta Alerta Fuego 4 se indica el peligro de incendio forestal, de menor a mayor grado.

Para Alerta Foc 4, se aplican automáticamente las limitaciones establecidas en el artículo 48.6 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Forestal, modificada por el Real Decreto Ley 15/2022, de 1 de agosto, por el cual se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales, sin perjuicio de lo que resulte de aplicación del Decreto 125/2007, de 5 de octubre. Estas limitaciones son las siguientes:

– Encender fuego en todo tipo de espacios abiertos, en el ámbito de aplicación de la ley.

– La suspensión temporal, mientras se mantenga el riesgo mencionado, de todas las autorizaciones concedidas de quema de rastrojos, de pastos permanentes, de restos de poda y de restos silvícolas.

– Encender fuego en las áreas de descanso de la red de carreteras, así como en zonas recreativas y de acampada, incluidas las zonas habilitadas para ello.

– La utilización de maquinaria y equipos en los terrenos forestales y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de ellos, cuyo funcionamiento genere deflagración, chispas o descargas eléctricas, a menos que el órgano competente haya autorizado expresamente su uso o sean necesarios para la extinción de incendios.

– La introducción y uso de material pirotécnico, excepto en terrenos urbanos a más de 500 m de zona forestal..

– Arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier tipo de material susceptible de originar un incendio.

En cuanto a la Autorización administrativa para quemas o uso del fuego, consulte los trámites en https://www.caib.es/sites/xarxaforestal/es/tramits/.

Niveles de Alertafoc

«Alerta Foc 1«: riesgo meteorológico de incendio forestal bajo según AEMET, y sin avisos meteorológicos por FMA previstos aplicables al nivel de alerta.
«Alerta Foc 2«: riesgo meteorológico de incendio forestal moderado o alto según AEMET, y sin avisos meteorológicos por FMA previstos aplicables al nivel de alerta.
«Alerta Foc 3«: activación formal de avisos meteorológicos por FMA (vientos, temperaturas máximas, olas de calor y/o tormentas), independientemente del riesgo de incendio forestal de AEMET, o cuando concurran circunstancias singulares a partir del análisis de peligro.
«Alerta Foc 4«: riesgo meteorológico de incendio forestal muy alto o extremo, o cuando concurran circunstancias singulares a partir del análisis de peligro, independientemente de la existencia de avisos meteorológicos por FMA aplicables al nivel de alerta.


Mapas diarios del nivel de alerta por riesgo meteorológico de incendio forestal


Avui

Demà

Consulte los datos técnicos de elaboración del mapa en la web del Servei de Gestió Forestal

Notas

  1. Actualizaciones para día del año, mapas con vigencia diaria.
  2. Lista de municipios por comarca, a efectos del mapa territorializado:
    • Mallorca:
      • Tramuntana-Sur: Andratx, Calvià, Puigpunyent, Esporles, Estellencs y Banyalbufar.
      • Tramuntana-Norte: Valldemossa, Sóller, Deià, Bunyola, Santa Maria, Alaró, Pollença, Alcúdia, Campanet, Escorca, Selva, Mancor, Fornalutx, Alaró y Lloseta.
      • Llevant: Artà, Capdepera, Son Servera, Sant Llorenç, Manacor, Felanitx y Cabrera (Palma).
      • Pla y Migjorn: el resto.
    • Menorca: todos los municipios.
    • Eivissa: todos los municipios.
    • Formentera
  3. Fuentes para elaborar el mapa:
    • A partir de la información publicada por AEMET, elaborada mediante datos meteorológicos y modelos numéricos de predicción del tiempo. El nivel del mapa utiliza la metodología del índice canadiense (FWI, Fire Weather Index), y las variables de entrada del modelo de estimación del peligro son: la previsión de temperatura del aire (T), de la humedad relativa (HR), de la velocidad del viento (V) y de la precipitación registrada en las últimas 24 horas (P).
    • En base a los avisos meteorológicos establecidos por AEMET, especialmente en situaciones en las que se haya emitido aviso naranja o rojo por uno o varios Fenómenos Meteorológicos Adversos (FMA) por vientos, tormentas, temperaturas máximas y/o ola de calor.
    • A partir del análisis de peligro efectuado diariamente desde el Servicio de Gestión Forestal (Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad) y/o desde la Central de Comunicaciones de Incendios Forestales (CCIF), cuando circunstancias relevantes puedan incidir en el riesgo de incendio. En este análisis, el modelo de AEMET con resolución espacial de 0,05º se comarcaliza o insulariza para facilitar su interpretación, siempre respetando homogeneidad en los límites municipales.
  4. Niveles de AlertaFoc: con carácter ordinario, los niveles de AlertaFoc se determinan según la tabla superior en 4 niveles.

Normativa

BUENAS PRÁCTICAS

Estas son las condiciones que debemos cumplir para hacer un uso responsable del fuego:

  1. Las quemas deberán realizarse siempre en ausencia de viento. Preferentemente por la mañana.
  2. El fuego deberá ser continuamente vigilado, manteniéndose localizado siempre que sea posible a través del teléfono de contacto indicado en la solicitud y sin dejar el lugar de la quema hasta que ésta quede completamente apagada.
  3. Se dispondrá de medios preparados para una rápida intervención que permitan sofocar cualquier conato de incendio que se pueda producir.
  4. Las actividades con maquinaria serán preferentemente por la mañana. Se deben evitar los días de viento, y los días más secos y calurosos.
  5. El metal de la maquinaria puede golpear con piedras y producir chispas. Hay que estar alerta.
  6. Los puntos calientes de coches, maquinaria agrícola, segadoras, etc., deben estar alejados del material vegetal fino y seco.

En aquellas quemas en las que se necesite una autorización administrativa, antes de la quema se deberá comunicar al SEIB 112  la hora de comienzo y la hora prevista de finalización de la misma.

Hay que tener en cuenta que en caso de que se otorgue una autorización, ésta puede quedar suspendida debido a fenómenos meteorológicos adversos u otras circunstancias relevantes que puedan incidir en el riesgo de incendio forestal (Resolución CMA de 28/10 / 09- BOIB núm. 168 de 19/nov/ 09).

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